En mayo de 2023, la Unión Europea publicó el Reglamento General de Seguridad de los Productos (GPSR, Reglamento (UE) 2023/988) y el 12 de junio de 2023 entró el GPSR en vigor. Se aplica a los productos no regulados por la legislación sectorial.
En este caso, el Reglamento General de Seguridad de los Productos (RGPP) se aplica a los productos cosméticos. ¿Por qué? Este artículo quiere ayudar a las empresas dispuestas a colocar sus productos en el mercado de la UE. El objetivo del nuevo reglamento es garantizar que los productos a la venta sean seguros y proporcionar un mecanismo legal para tomar medidas correctoras cuando no lo sean.
¿Qué dice el GPSR?
Este nuevo reglamento revisa y actualiza la Directiva sobre seguridad general de los productos de 2001 (GPSD) a la luz de las nuevas tecnologías y la venta en línea, que ha creado nuevos modelos de negocio, retos para la seguridad de los productos y nuevos operadores económicos en el mercado. Garantizar una mayor seguridad de los productos es vital para proteger a los consumidores y ofrecer productos seguros.
El Reglamento General de Seguridad de los Productos (GPSR) es directamente aplicable en todos los Estados miembros y se hizo cumplir de inmediato. El nuevo reglamento sustituirá a la Directiva sobre seguridad general de los productos (GPSD) 2001/95/CE tras un periodo transitorio que finalizará el 13 de diciembre de 2024.
El GPSR establece una nueva definición de operadores económicos y proveedores de mercados en línea y también, sus obligaciones. Los operadores económicos y los proveedores de mercados en línea deben estar obligados a comercializar únicamente productos seguros y a cumplir con las autoridades de vigilancia del mercado para eliminar o mitigar cualquier riesgo de los productos comercializados.
¿Se aplica el GPSR a los productos cosméticos?
Los operadores económicos que vendan productos cosméticos en línea o a través de otros medios de venta a distancia, estén establecidos dentro o fuera de la UE y se dirijan directamente a los consumidores de la UE, deben seguir todos los requisitos legales pertinentes del Reglamento 1223/2009 de la UE sobre productos cosméticos (CPR).
En efecto, el CPR establece las normas que debe cumplir todo producto cosmético comercializado para garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y el funcionamiento del mercado interior.
Además, los cosméticos vendidos mediante venta a distancia deben cumplir los requisitos del CPSR no cubiertos por el CPR, concretamente el artículo 19 del RGPD. Por lo tanto, el artículo 19 del GPSR es complementario del artículo 19 del CPR sobre los requisitos de etiquetado, de modo que el Reglamento general de seguridad de los productos (GPSR) se aplica a los productos cosméticos.
Artículo 19 del GPSR, ¿qué dice?
En noviembre de 2023, Cosmetics Europe publicó un documento de orientación para la industria sobre cómo se aplica esta nueva normativa (CPSR) a los productos cosméticos. A continuación se resumen los puntos principales.
La CPR también asigna responsabilidades a los distintos agentes de la cadena de suministro al establecer el concepto central de persona responsable para cada producto cosmético comercializado en la UE.
Además de los requisitos impuestos por el CPR, los operadores económicos que deseen comercializar productos cosméticos en el mercado de la UE a través de ventas en línea o a distancia deben cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 19 del GPSR.
El artículo 19 del GPSR exige que, cuando los operadores económicos comercialicen productos en línea o a través de otros medios de venta a distancia, la oferta de dichos productos indique de forma clara y visible al menos la siguiente información.
Información para compartir, puntos principales
Nombre del fabricante: En el caso de los productos cosméticos, se entiende que el fabricante es la persona responsable. En este caso se dan dos situaciones:
a) Donde el fabricante esté situado en la UE. En el punto de venta en línea debe figurar el nombre, el nombre comercial registrado o la marca registrada del fabricante, así como la dirección postal y electrónica de contacto.
b) cuando el fabricante no esté establecido en la UE, el nombre y la dirección postal y electrónica de la persona responsable en el sentido del artículo 16, apartado 1, del presente Reglamento o del artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/1020; el CPR exige que, para los productos cosméticos importados, cada importador sea la «persona responsable» de los productos específicos que introduzca en el mercado.
Más adelante, también deben colocarse las siguientes informaciones y advertencias:
c) información que permita identificar el producto, incluida una fotografía del mismo, su tipo y cualquier otro identificador del producto; y
d) cualquier advertencia o información relativa a la seguridad que deba fijarse en el producto o en el envase o incluirse en un documento de acompañamiento con arreglo al presente Reglamento o a la legislación de armonización de la Unión aplicable, en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores, según determine el Estado miembro en el que se comercialice el producto.
Para cada uno de estos cuatro tipos de información, Cosmetics Europe ofreció una interpretación de lo que, en su opinión, significan para los productos cosméticos, a la luz de los requisitos de etiquetado del artículo 19 del RPC, para garantizar una comunicación coherente hacia los consumidores.
No es necesario mostrar los elementos anteriores por separado si son legibles en la imagen del producto.
Responsabilidades
El documento de orientación de Cosmetics Europe también aclara quién es responsable del cumplimiento del artículo 19 del GPSR. La responsabilidad es compartida entre la Persona Responsable (como se indica en el CPR) y el minorista de venta a distancia. Por lo tanto, la Persona Responsable tiene que proporcionar la información y mantenerla actualizada; el minorista es responsable de indicarla/mostrarla en el punto de venta en línea o a distancia.
Los fabricantes y minoristas deben entender claramente cualquier cambio en el GPSR para garantizar que sus productos cumplen la legislación de la UE y son coherentes con la seguridad de los consumidores.
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