Actualización regulatoria: la UE propone cambios al Reglamento de Cosméticos (CE) n.º 1223/2009

En julio de 2025, la Comisión Europea publicó un proyecto de reglamento como parte de la actualización de la Regulación cosmética de la UE, con el objetivo de simplificar varios marcos normativos relacionados con sustancias químicas, incluido el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos. El texto propuesto busca reducir la carga administrativa sin comprometer la seguridad del producto y forma parte de un plan más amplio para modernizar el enfoque de la UE en materia de productos químicos y cosméticos.

Esta nueva iniciativa está abierta a comentarios públicos e introduce cambios regulatorios que afectarán a las empresas cosméticas que operan en el mercado de la UE.

This new initiative is open to public comments and introduces regulatory changes that will affect cosmetic businesses operating in the EU market.

Cambios clave en el borrador de la actualización de la Regulación cosmética de la UE

Esta es la primera revisión del texto de la regulación europea de cosméticos desde su implementación en 2013. Aunque se han modificado varios de sus anexos a lo largo del tiempo, el texto principal había permanecido intacto.

Las enmiendas propuestas introducen varias novedades que podrían afectar significativamente al cumplimiento normativo de los productos cosméticos, especialmente en aspectos relacionados con la notificación, el etiquetado y la gestión de ingredientes. A continuación, se detallan los cambios más relevantes para la industria:

Aprobación más rápida de nuevos ingredientes cosméticos: incorporación del artículo 14a

La propuesta establece un procedimiento más eficiente para añadir colorantes, conservantes y filtros UV a los Anexos IV, V y VI de la regulación europea de cosméticos, ya que la normativa actual carece de un proceso definido para la incorporación de nuevas sustancias. El objetivo es acelerar el uso de nuevos ingredientes y fomentar la innovación en el desarrollo de productos.

Aclaración del proceso de excepción para sustancias CMR: revisión del artículo 15

La actualización establece reglas más claras para el procedimiento de excepción aplicable a las sustancias CMR (carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción). Basado en más de diez años de experiencia, el proceso revisado aporta una mayor seguridad jurídica tanto para los fabricantes como para las autoridades reguladoras.

Eliminación de la prenotificación de nanomateriales en cosméticos: modificaciones al artículo 16

Se eliminará el requisito actual de prenotificar los productos cosméticos que contienen nanomateriales —además de la notificación estándar en el CPNP—. Esta medida simplifica el proceso de notificación y elimina obligaciones redundantes para las empresas.

Reducción de informes redundantes para las empresas cosméticas: modificación del artículo 22.

El proyecto de reglamento propone eliminar las obligaciones de reporte duplicadas, tanto para las empresas como para las autoridades competentes, con el objetivo de agilizar los procedimientos de cumplimiento y reducir la carga documental. La revisión del artículo 22 suprime la obligación de que los Estados miembros revisen y reporten sus actividades de vigilancia del mercado cada cuatro años, aliviando así las tareas administrativas.

Digitalización del glosario de ingredientes cosméticos: eliminación del artículo 33

El glosario de nombres comunes de ingredientes será digitalizado, lo que permitirá un etiquetado más preciso y ayudará a las empresas a evitar errores de cumplimiento. El artículo 33 será eliminado del reglamento, y este cambio también contribuirá a la armonización entre los Estados miembros y a una mayor transparencia para los consumidores. Esta modificación se reflejará en todo el texto, incluidos los anexos.

Plazos e información pública

Si se aprueba, el reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Algunas disposiciones se aplicarán de forma inmediata, mientras que otras se implementarán de manera gradual para permitir un periodo de adaptación.

La propuesta está actualmente abierta a consulta pública. Se podrán enviar comentarios hasta el 14 de octubre de 2025, lo que brinda a las partes interesadas del sector la oportunidad de aportar su opinión antes de su adopción.

Aplicación al mercado cosmético del Reino Unido

Esta propuesta legislativa se aplica únicamente a la Unión Europea y no se extiende al Reino Unido. Desde el Brexit, el Reino Unido mantiene su propia versión del Reglamento de Cosméticos y no adopta automáticamente las actualizaciones de la UE.

Sin embargo, las autoridades del Reino Unido pueden decidir alinearse con ciertos cambios de la Regulación cosmética de la UE de forma puntual y caso por caso. Por ahora, las empresas cosméticas deben considerar esta propuesta como un desarrollo regulatorio aplicable únicamente a la Unión Europea.

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